Los retrasos de vuelos en periodo vacacional no tienen excusa

Cada vez que se acerca el periodo vacacional, las compañías de servicios turísticos se ponen a tope. Las aerolíneas no pueden ser la excepción. Sin embargo, la alta demanda y la necesidad de una gran cobertura no se pueden convertir en un pésimo servicio con vuelos retrasados.

 

También te va a interesar: Mi vuelo se ha retrasado, ¿qué derechos me amparan?

 

¿Por qué no debe haber retrasos en vacaciones?

 

Es importante señalar que cualquier retraso o adelanto es considerado una cancelación. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea destacó en una sentencia del 2011 que, a efectos del Reglamento 261/2014, se considera una cancelación el hecho de que se haya modificado la programación del vuelo. Pero ¿por qué no se pueden retrasar los vuelos en esta temporada?:

 

  • En primer lugar, existen planes institucionales relativos al flujo adecuado de turistas previsto para estas temporadas y, con respecto al derecho a la movilidad, por ningún motivo se puede negar el acceso a un vuelo, sin importar si son o no vacaciones. Es decir, una cancelación de vuelo compete a ámbitos más allá del tráfico aéreo en sí, que afectan la economía global en periodos de tanta afluencia.
  • Existen causas excepcionales de cancelación permitidas por el Reglamento 261/2014 de la Unión Europea sin compensación alguna para los usuarios.

 

Sin embargo, ya que hay muchas indeterminaciones sobre lo que sí puede ser una causa excepcional, hay al menos tres causas que no son «excepcionales» por las que no pueden cancelar tu vuelo en vacaciones:

 

  • a) Por huelga de la compañía. Se consideran los movimientos sociales y cualquier situación de inseguridad social como causas excepcionales, incluso una huelga que afecte a un aeropuerto, pero las problemáticas internas de la aerolínea jamás deben ser motivo de retraso. Suelen darse movimientos de los empleados en los periodos de alta demanda para afectar directamente a la compañía; sin embargo, esto no debe causar conflicto con tus vacaciones.
  • b) Fallas técnicas. Este es quizá el argumento más utilizado por las compañías de vuelos para no compensar a los usuarios. Sin embargo, otra sentencia del TJUE contra KLM sentó precedentes para que este tipo de fallas no se pudieran señalar como motivo de retraso. Y es que es obligación de la compañía tener su equipo e instalaciones en estado óptimo con antelación, más si se trata de una temporada de mucha demanda.
  • c) Inestabilidad política. La autoridad puede recomendarte no viajar a un destino con tal circunstancia, pero no te lo puede prohibir. Por lo mismo, la aerolínea no tiene capacidad de prohibirte un viaje, menos en vacaciones, a destinos que tengan esta característica.

 

Sea el caso que fuera, los retrasos de vuelos no tienen cabida en temporada vacacional bajo el argumento de que la temporada ha desestabilizado el ritmo habitual de la compañía y siempre puedes hacer valer tus derechos de viajero.

 

Los retrasos de vuelos en periodo vacacional no tienen excusa

 

Escenarios en los que puedes reclamar

 

La aerolínea tiene escenarios en los que puede informarte de un cambio de programación, pero esto no quita que merezcas una compensación. Debes reclamar las siguientes situaciones de cambio:

 

  • 250 € por un vuelo de hasta 1500 km.
  • 400 € por un vuelo de entre 1500 y 3500 km.
  • 400 € por vuelos mayores a 3500 km dentro de la Unión Europea.
  • 600 € por vuelos mayores a 3500 km fuera de la Unión Europea.

 

Además de esto, las aerolíneas deben cubrir tu alimentación, bebidas, al menos dos llamadas y hasta hospedaje, así como la garantía de tener el enlace más próximo en caso de vuelos con escalas.

Como ves, las vacaciones no son una excusa para que las aerolíneas retrasen tu descanso o divertimiento, menos todavía para que pasen por alto tus derechos. Vuela con tranquilidad y, si no, reclama. Es tu derecho.

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