Qué debemos hacer a la espera de la sentencia del IRPH

Qué debemos hacer a la espera de la sentencia del IRPH

La sentencia sobre el IRPH todavía no se ha publicado. La resolución definitiva se espera para diciembre de 2019 o para inicios del próximo año. En España hay más de un millón de afectados, debido a que se les indicó que el IRPH era más estable que el Euríbor. La realidad fue otra, ya que dicha estabilidad y poca volatilidad, se tradujo en pagos mucho más altos que si el Euríbor hubiera sido el índice de referencia.

 

Acciones que realizar mientras se publica la sentencia IRPH

 

Las acciones que tienes previstas no tienen por qué aplazarse. Hay algunas de ellas que puedes ir adelantando mientras se publica la sentencia. ¡Conoce cuáles!

 

También te va a interesar: Calma tensa entre los afectados por las hipotecas IRPH​.

 

1. La subrogación de tu hipoteca

 

La subrogación de tu hipoteca implica el cambio de banco a cambio de unas mejores condiciones o bien, que cambies el titular del préstamo. No necesitarás pedir permiso al banco, si bien también debes saber que esta acción estará sujeta a gastos adicionales. Por ejemplo, tendrás que pagar la tasación, la notaría, la gestoría, el registro de la propiedad, así como la comisión por subrogación.

Si firmaste el préstamo en los cinco años anteriores, la comisión será del 0,50 %. En el resto de los casos, tendrás que pagar tan solo un 0,25 %. El banco no puede negarse a una subrogación, al igual que tampoco puede condicionarla a los derechos del consumidor por el IRPH.

 

 

2. El Euríbor

 

Si eres una de las víctimas del IRPH, puedes ir solicitando una novación. Es decir, puedes pedir que se calculen los intereses hipotecarios mediante el Euríbor. El banco no tiene por qué aceptar, aunque si lo hace, se podrán cambiar más condiciones. Además, debes tener en cuenta que esto supondrá ciertos gastos. Por ejemplo, si firmaste el préstamo hace menos de tres años, tendrás que soportar la comisión por novación, junto a los gastos del registro, los de notaría y demás.

Además, ten cuidado con lo que firmas. Deberás estar pendiente de nunca aceptar la renuncia de acciones ni de devolución, por lo que presta especial atención a cada documento. Puede parecer evidente, pero muchas veces firmamos sin leer. Si se da el caso, te recomendamos optar por esperar a la sentencia del TJUE.​

 

 

Acciones que realizar mientras se publica la sentencia IRPH

 

 

3. Contratar un nuevo préstamo hipotecario

 

Si contratas un nuevo préstamo hipotecario que esté ligado al Euríbor, podrás cancelar tu hipoteca actual. Sin embargo, esta acción supone un mayor número de gastos debidos a los de cancelación o a los de formalización. Ten cuidado con las condiciones de cancelación del banco, ya que podrían negarse a certificarte dicha cancelación. Te aconsejamos enviar una comunicación fehaciente de que tu cancelación no implica aceptar ningún tipo de cláusula contractual. De nuevo, ¡precaución con lo que firmas!

 

 

4. Nuevas reclamaciones por IRPH

 

Las reclamaciones al banco dejan constancia de que no estás conforme con las cláusulas abusivas impuestas. Sin embargo, debes especificar que no renuncias a tu derecho de devolución de las cantidades que se te cobraron de más, a causa del IRPH. Siempre podrás iniciar nuevas reclamaciones con esta causa.

Igualmente, en el caso de que el banco no acepte la reducción o una devolución, estarás ganando tiempo. Este punto es uno de los más importantes a tener en cuenta mientras esperas la sentencia del Tribunal de Justicia Europea. Las entidades tendrán que responderte en dos meses y si vuelven a negarse, siempre te queda esperar a conocer la resolución.

Muchos afectados están esperando esta resolución judicial, que se publicará a inicios del 2020. Mientras tanto, iniciar nuevas reclamaciones, contratar nuevos préstamos o subrogar tu hipoteca pueden ser buenas opciones. Pero ¡cuidado! No deberás aceptar condiciones que impliquen renunciar a tus derechos.

 

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