Gastos de hipoteca que no debemos asumir en este 2021

Gastos de hipoteca que no debemos asumir en este 2021

La reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo ha determinado que, de conformidad con lo dispuesto la Ley de Contratos de Créditos Inmobiliarios vigente desde junio de 2019, serán los bancos, y no los consumidores, los que estarán obligados a correr con los gastos de tasación, formalización y registro de los préstamos hipotecarios.

Ello supone una gran noticia para los ciudadanos y un bálsamo para la difícil situación económica que atravesamos con motivo de la crisis sanitaria provocada por el covid-19, puesto que, gracias a esta importante jurisprudencia, las personas que deseen acceder a una vivienda saben que tendrán un considerable ahorro de los gastos de hipoteca en 2021.

Gastos de hipoteca que no tendrán que asumir los consumidores en 2021

En efecto, tras la reforma de la Ley Hipotecaria llevada a cabo por la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, las entidades bancarias y financieras estarán obligadas a asumir los siguientes gastos de formalización de la hipoteca que hasta entonces habían sido soportados por los consumidores:

  1. Tasación: antes de suscribir cualquier hipoteca, el banco realiza una tasación de la misma para determinar su valor real, con base en el cual se concederá el préstamo hipotecario, y que, según las entidades, es un gasto de alrededor de 350 euros.
  2. Gastos de gestoría: normalmente toda la gestión documental necesaria para poder suscribir una hipoteca se lleva a cabo por una gestoría, cuyos honorarios oscilan entre los 500 y 600 euros.
  3. Impuestos de Actos Jurídicos Documentados: a la hora de acudir a la notaría, el impuesto de la elevación a escritura pública se calcula en función del importe de la operación, que de media suele rondar los 1300 euros.
  4. Honorarios de Registro de la Propiedad: una vez formalizada la escritura pública, las tasas que deben abonarse al Registro de la Propiedad para que la hipoteca quede inscrita en el Registro y pueda tener efectos frente a terceros, cuyo precio está en torno a los 360 euros.

Si sumamos todos los gastos, nos resulta una media de unos 2250 euros que antes abonaban los prestatarios de la hipoteca y que, desde el mes de junio de 2019, deben ser asumidos por el banco o entidad financiera que concede la hipoteca.

Gastos que deben ser devueltos por los bancos

Gastos que deben ser devueltos por los bancos

Tenemos claro cuáles son los gastos que no corresponde abonar a quienes formalicen una hipoteca en el presente año, pero ¿qué ocurre con los préstamos ya formalizados?

Esta cuestión, harto polémica, fue zanjada definitivamente por el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea el pasado mes de junio de 2020 al dictaminar que las cláusulas que impusieran al consumidor el pago de los gastos hipotecarios antes mencionados son nulas de pleno derecho porque se consideran abusivas para los consumidores y usuarios.

Esta importante doctrina supone que todo aquellas personas que suscribieron un contrato hipotecario y pagaron gastos en concepto de tasación, gestoría, impuesto de Actos Jurídicos Documentados y Registro de la Propiedad, así como la mitad de los gastos notariales, tendrán derecho a que estos les sean reembolsados, con sus correspondientes intereses y resarcimiento de los perjuicios ocasionados.

Aunque algunas entidades financieras parece que están procediendo motu proprio a devolver estos importes a sus clientes, lo cierto es que son muy contadas las ocasiones en que esto tiene lugar y, por norma general, supone que los afectados tengan que acudir a la vía judicial para conseguir que se le devuelvan su dinero.

Es importante que los consumidores conozcan cuáles son los gastos de hipoteca que les corresponde abonar y cuáles no, lo que no es cuestión baladí en los tiempos que vivimos. En caso de conflicto con el banco con el que se contrató la hipoteca, se debe atender a la sentencia del Tribunal Supremo para tener claro a qué parte corresponde cada gasto.

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