Vulneración de derechos para tener en cuenta: incidente en la AP-6.

vulneracion de derechos para tener en cuenta: incidente en la AP-6.

Todos los días surgen situaciones en las que se ven vulnerados los derechos de los usuarios, y así mismo se ve la falta de información para actuar y exigir los derechos de la manera correcta. Una de esas situaciones, y que la tomaremos como ejemplo, es el incidente en la AP-6.

 

¿Estabas dentro de uno de los más de 3.000 automóviles que permanecieron inmóviles durante la pasada noche de Reyes a la altura de varios municipios de Segovia? ¿Conoces a alguien que lo estuviera? ¿Viviste o te han contado el testimonio de esas 20 horas atrapados en la carretera, de noche, con frío y, en muchos casos, con la presencia de niños pequeños? Si es así, desde Coraza Legal te contamos cuáles son tus derechos, y que indemnización te corresponde ante situaciones similares.

 

La concesionaria de la AP-6 en el ojo de mira.

 

El Ministro de Fomento y el director de la DGT han responsabilizado a Iberpistas, la concesionaria de la AP-6, del caos producido por la nevada. Por tanto, Iberpistas debería haber tomado las decisiones y disponer de los medios adecuados para el mantenimiento de la carretera. No sólo no ejerció su cometido, si no que sus trabajadores siguieron cobrando el peaje a los siguientes automóviles y no les informaron de la situación cuando ya había una buena cantidad de coches atrapados.

De esta manera, ante esta u otra situación similar, te contamos que puedes reclamar los daños morales, además de los daños emergentes (perjuicio económico que puede tener una persona por haberse quedado bloqueada en la nieve).

 

Por ley, tienes derecho a indemnización.

 

Desde Coraza Legal podemos ayudarte a que lleves a cabo la gestión de este tipo de reclamaciones. Al tratarse de una autopista gestionada en régimen de concesión administrativa, debe aplicársele los preceptos de la Ley 8/1972, 10 mayo, de construcción, conservación y explotación de autopistas en régimen de concesión, y a partir de ello “la relación jurídica entre usuario y concesionario, conforme a los artículos 14.1 y 24, se establece a partir de un contrato atípico, a través del cual, y mediante el pago de un peaje a cargo del usuario, la empresa concesionaria viene obligada a garantizar a éste una circulación fluida, rápida y sin riesgo de ningún tipo pues se espera que el concesionario lo haya eliminado”. 

A través de este vínculo jurídico, el pago del peaje debe asegurar una garantía y una seguridad de cara al conductor que viaja entre sus tramos. Quien circula en autopistas de peaje, lo hace amparado en la confianza de que no puede existir ningún tipo de peligro, al margen del que él mismo pueda crear. Con lo cual, es la concesionaria la que debe hacerse responsable del incumplimiento de la conservación de la vía, sus accesos y señalización, además de que tiene la obligación de mantener sus servicios reglamentarios en perfectas condiciones, al margen de obstáculos atmosféricos previsibles o cualquier otra molestia, incomodidad o peligro.

 

Desde coraza legal podemos ayudarte.

 

Si estuviste presente en esta u otra situación y quieres proceder a reclamar, nuestro equipo, que cuenta con una amplia experiencia en este tipo de procedimientos, puede ayudarte. Y es que como decíamos, tienes derecho a reclamar daños morales. De hecho, existe un precedente: el Tribunal Supremo confirmó en 2010 la condena a la concesionaria de la AP-1, después de que miles de viajeros quedaran atrapados en una nevada en la provincia de Burgos en febrero de 2004. La sentencia imponía el pago de 150 euros para indemnizar a cada viajero en concepto de daños morales (y, por supuesto, la devolución de lo pagado en el peaje).  Así que no lo dudes, y ponte en contacto con nosotros.

En Coraza Legal somos expertos en este tipo de reclamaciones, contamos con el mejor equipo especializado que te informará en todo momento de cómo proceder, y te ayudará a obtener una justa indemnizacióninfografia-classic-cta

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